Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0900/2012-CA
Fecha: 18-Dic-2012
II.3. Sobre la acción de inconstitucionalidad concreta
Conforme el art. 73.2 del CPCo, la acción de inconstitucionalidad concreta “…procederá en el marco de un proceso judicial o administrativo, cuya decisión dependa de la constitucionalidad de leyes, estatutos autonómicos, cartas orgánicas, decretos, ordenanzas y todo género de resoluciones no judiciales”.
- Fragmento 1
- I.1. Síntesis de la solicitud de la parte
- rechazó
- a)
- II.3. Sobre la acción de inconstitucionalidad concreta
- Fragmento 6
- tienen carácter normativo, es decir, aquellas que establezcan normas jurídicas, pues las resoluciones de carácter administrativo que resuelven casos concretos no forman parte de las normas objeto de control normativo de constitucionalidad por
- II.5. Análisis del caso concreto
- RATIFICA