AUTO CONSTITUCIONAL 0918/2012-CA
Fecha: 21-Dic-2012
I.1. Síntesis de la solicitud de la parte
Dentro de una solicitud de auxilio judicial, para la ejecución de laudo arbitral presentado por el Sindicato de Trabajadores en Salud “Albina Rodríguez Patiño”, contra el Centro de Pediatría que representa, el recurrente hoy -accionante-, mediante memorial presentado el 11 de septiembre de 2009, cursante de fs. 24 a 26, manifestó que la norma impugnada, autoriza el pago del bono de riesgo profesional a funcionarios del área de Salud de Bolivia de Bs95.- (noventa y cinco bolivianos), mensuales a partir de la publicación del Decreto Supremo, el cual contradice el ordenamiento jurídico, dado que conforme lo dispuesto por la SC 0279/2003-R de 11 de marzo, el mencionado bono es para el área de Salud Pública y no de la privada.
- Fragmento 1
- I.1. Síntesis de la solicitud de la parte
- a)
- rechazó
- II.2. Aplicación de la Ley 1836 para las acciones y recursos presentados con anterioridad a la posesión de las autoridades del Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.3. Atribución de la Comisión de Admisión
- II.4. Requisitos de admisibilidad
- II.5. Análisis de los requisitos de admisión
- RATIFICAR