El suscrito Magistrado expresa su disidencia con lo resuelto en la SCP 2452/2012 de 22 de noviembre, por los siguientes fundamentos de orden constitucional y legal.
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

El suscrito Magistrado expresa su disidencia con lo resuelto en la SCP 2452/2012 de 22 de noviembre, por los siguientes fundamentos de orden constitucional y legal.

Fecha: 03-Dic-2012

III.

Sobre el derecho al trabajo, la normativa supranacional ha desarrollado bastante, así tenemos; la Declaración Universal de Derechos Humanos que en su art. 23, señala: “Toda persona tiene derecho al trabajo, a la libre elección de su trabajo, a condiciones equitativas y satisfactorias de trabajo y a la protección contra el desempleo”.