SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 2520/2012
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 2520/2012

Fecha: 14-Dic-2012

denegó

La Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Tarija, constituida en Tribunal de garantías, mediante Resolución 05/2012 de 8 de octubre, cursante de fs. 193 a 194 vta., denegó la tutela impetrada, con los siguientes fundamentos: i) Que, conforme lo señalado por el art. 595 del CPC, contra el Auto de Vista dictado en el proceso interdicto de adquirir la posesión, la parte que se creyere agraviada sólo tiene la vía del amparo constitucional, por lo que se decide sobre el fondo; ii) Que, el Auto de Vista luego de la relación de antecedentes, principios de administración de justicia, concluyó que los agravios eran evidentes y en consecuencia, se dispuso la nulidad de obrados para que las partes estén en igualdad de condiciones, por lo que tiene motivación y fundamentación debida aunque escueta y concisa, pero clara y que satisface los puntos expresados como agravios; y, iii) Para dictarse la nulidad se cumplió con la determinación objetiva del agravio y se estableció la vulneración del derecho a la defensa del oposicionista dentro del interdicto de adquirir la posesión.