SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 2525/2012
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 2525/2012

Fecha: 14-Dic-2012

i)

El Asesor Legal del  Viceministerio de Educación Superior en audiencia manifestó: i) Jacinto Aspi López, no demostró lo contrario al cobro de dinero a uno de los postulantes para el ingreso a la Normal de Maestros, antecedentes que se encuentran en el cuadernillo procesal, donde no recurrió sobre el fondo del problema, sino a la supuesta violación del plazo procesal en cuanto a su ampliación, lo que fue con el objeto de tomarle su declaración informativa respecto a la denuncia en su contra, cumpliéndose el mismo no interpuso ningún recurso; ii) Se suspendió el plazo procesal por el paro dispuesto por la Central Obrera Boliviana (COB), extremo  fundamentado en la ampliación del plazo procesal, indicando que no se violó ninguna norma de procedimiento en el fondo ni en la forma, más aún si se tiene en cuenta la forma de pensamiento del Estado Plurinacional, consistente en luchar contra  los actos de corrupción, a cuya consecuencia pidió se rechace la tutela solicitada.