SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 2530/2012
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 2530/2012

Fecha: 14-Dic-2012

I.1.1. Hechos que motivan la acción

Dentro de la demanda de afectación, interpuesta por Marcelino Arenas Rodríguez, se reconoció a éste su derecho propietario, cuyo trámite no llegó a concluirse; sin embargo, las autoridades de la Comunidad de Sella, acreditaron la posesión sobre una superficie de 58 0980 has., en cuyo terreno denominado el Potrero Ceibo, realizan cultivos agrícolas de maíz, trigo, garbanzo, arveja y otros, y el resto del terreno es utilizado para el pastoreo de ganado vacuno, además que en el mismo, tienen construida una vivienda precaria, un corral de vacas, así como una cancha para guardar los alimentos del ganado.

Refieren que, un grupo de personas encabezados por los ahora demandados, el 16 de septiembre de 2012, ingresaron de forma violenta a sus terrenos los cuales poseen desde el año 1980, e intimidando a Guadalupe Antezana Arce y sus dos hijos menores de edad, procedieron a sacar sus cosas personales, y la echaron del mismo, destrozando el corral de los animales y la cancha que sirve para guardar la “chala”.

Señalan que, la persona mencionada, fue quien les comunicó del destrozo y despojo del cual ha sido víctima, por lo que estos hechos fueron puestos a conocimiento de la policía, misma que se constituyó en el lugar a través de dos efectivos policiales, quiénes no pudieron hacer nada, toda vez que los demandados se encontraban con palos, machetes, piedras y se resistieron a abandonar el lugar.

Manifiestan que estas medidas de hecho, no se justifican ya que no cuentan con ninguna orden judicial o mandamiento de lanzamiento o desapoderamiento, que si bien los demandados siguen en su contra un proceso de mejor derecho y reivindicación, el mismo se encuentra con sentencia no ejecutoriada por estar pendiente la resolución en recurso de casación que fue interpuesto ante el Tribunal Agroambiental.

Asimismo, indican que el 29 de septiembre de 2012, cuando se encontraban en el campo, se apersonaron un grupo de personas, encabezados por Fabián Chávez Flores y Marina Sebastiana Hoyos Ramos, quienes los agredieron verbalmente y amenazaron con palos, machetes, piedras, para que salgan de dichos terrenos, por lo que, tuvieron que interponer una denuncia a efectos de iniciar el correspondiente proceso penal, inclusive cuando se realizaba el registro del lugar el 30 del referido mes y año, evidenciaron con un efectivo policial, que los demandados destruían el corral de vacas, quemaban la chala que sirve de alimento para los animales, y destrozaban la vivienda que existía en el lugar, con el propósito de construir sus casas, hechos que les perjudican a efectos de consolidar su derecho propietario a través de la posesión y las mejoras.