SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 2595/2012
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 2595/2012

Fecha: 21-Dic-2012

III.3. Análisis del caso concreto

Por consiguiente y en concordancia con lo ampliamente expuesto en el Fundamento Jurídico III.2 de la presente Sentencia Constitucional Plurinacional, las accionantes por sus representados, no presentaron pruebas que demuestren los extremos de su acción, ya que se requiere tener certeza sobre la lesión de los derechos invocados y protegidos, precisando para ello la compulsa de los hechos denunciados con elementos probatorios mínimos que generen convicción y respalden la denuncia; consiguientemente, tenían la obligación de demostrar las afirmaciones que realizaron al demandar la acción de libertad, a objeto de que la jurisdicción constitucional cuente con la certidumbre para tutelar los derechos y garantías protegidos por esta acción, ya que el principio de informalismo no implica que puede prescindirse de la presentación de prueba mínima que acredite los hechos denunciados al momento de sustanciar y resolver la acción tutelar, situación que impide ingresar al análisis de la problemática planteada, por carencia de prueba mínima que genere elementos de convicción respaldando lo denunciado, no correspondiendo otorgar la tutela solicitada por las accionantes.