SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 2612/2012
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 2612/2012

Fecha: 21-Dic-2012

1)

Diego Roca Saucedo, Juez Segundo de Instrucción en lo Penal de del Distrito Judicial -ahora departamento- de Pando, en audiencia informó: 1) En primera instancia el imputado Enrique Vedia Negrete, solicitó extinción de la acción a ello la autoridad demanda verificó las actuaciones y constató que no se encontraba arrimada en el cuaderno jurisdiccional la Resolución de imputación formal o acta de medidas cautelares, solicitando informe al Secretario del Juzgado, notificándose a la Secretaria en suplencia por entonces del Juzgado, haciendo aparecer las actas y otros documentos procesales y conminándose a la Fiscal de Distrito -ahora Departamental- de Pando, para que se emita su requerimiento conclusivo; 2) El imputado no se encuentra detenido indebidamente, él se encuentra sujeto a un proceso penal, existe una detención preventiva llevada con las formalidades de rigor; y, 3) Con la emisión de las conminatorias, no existe un procesamiento indebido y se han obtenido las documentaciones extrañadas por lo que no tendría sentido la presente acción de libertad planteada por el accionante y lo único que queda es esperar que el Fiscal Departamental se manifieste sobre la conminatoria.