Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 2612/2012
Fecha: 21-Dic-2012
a)
El ahora representado, ratificó in extenso los argumentos de su demanda tutelar a través de su abogada y aclaró lo siguiente: a) Se encuentra detenido preventivamente en el penal de Villa Busch; sin embargo, no existe una Resolución de imputación formal, decreto que admite la imputación formal o acta de medidas cautelares o la Resolución que dispone su situación jurídica, razones que demuestran que se encuentra indebidamente privado de su libertad más de seis meses; y, b) al no existir hasta “ayer” ninguna conminatoria, por lo que fue necesario accionar esta vía constitucional, a objeto de que se restablezca su derecho a la libertad.
- acción de libertad,
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- denegó
- I.3. Consideraciones de Sala
- I.4. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Fragmento 9
- III.1. Naturaleza jurídica y ámbito de protección de la acción de libertad
- III.2. La acción de libertad no es el medio idóneo para solicitar la extinción de la acción penal en la etapa preparatoria
- la falta de vinculación directa de la extinción de la acción penal de la etapa preparatoria con el derecho a la libertad personal por no haber operado como causa de su restricción inviabiliza su tratamiento a través de esta acción tutelar
- Fragmento 13
- III.3. El debido proceso en la acción de libertad
- III.4. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR