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    AUTO CONSTITUCIONAL 0027/2012-CA
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    AUTO CONSTITUCIONAL 0027/2012-CA

    Fecha: 22-Feb-2012

    1º

    1º APROBAR, la Resolución 590 de 31 de agosto de 2009, cursante a fs. 35 y vta., pronunciada por el Juez de Partido Octavo en lo Civil y Comercial de la ciudad de Santa Cruz de la Sierra; y en consecuencia, RECHAZAR el recurso indirecto o incidental de inconstitucionalidad, hoy acción de inconstitucionalidad concreta, promovido por Dalcy Pizarro Villarroel.

    • consulta
    • I.1. Síntesis de la solicitud de parte
    • a)
    • I.3. Resolución de la autoridad judicial consultante
    • I.4. Trámite procesal en la Comisión de Admisión
    • II.1. Consideraciones previas: Aplicación de la Ley 1836 para las acciones y recursos presentados con anterioridad a la posesión de las autoridades del Tribunal Constitucional Plurinacional
    • II.2. Norma jurídica impugnada y preceptos constitucionales infringidos
    • II.3.  Naturaleza jurídica y alcance del control normativo de constitucionalidad posterior en la vía incidental
    • II.4. Atribuciones de la Comisión de Admisión
    • “
    • II.5.2.
    • 1º
    • 2º

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