AUTO CONSTITUCIONAL 0042/2012 CA
Fecha: 22-Feb-2012
consulta
En consulta la Resolución de 21 de septiembre de 2009, cursante de fs. 7 a 9, pronunciada por el Fiscal General de la República que rechazó la solicitud de promover el recurso indirecto o incidental de inconstitucionalidad, formulado por Jorge Gutiérrez Roque, demandando la inconstitucionalidad del art. 73 de la Ley Orgánica del Ministerio Público (LOMP), por vulnerar el debido proceso, citando al efecto los arts. 13, 14.I, II, III y IV, 22, 23.I, 109.I, 115 in fine, 119.II, 120, 121, 180 y 410 de la Constitución Política del Estado (CPE), 2, 3, 7, 8, 11, 30 de la Declaración Universal de los Derechos Humanos (DUDH), art. 1. 1), 8 y 10 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos Pacto de San José de Costa Rica y art. 2, 3, 5, 9 y 14 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos (PIDCP).
- consulta
- a)
- I.2. Respuesta al recurso
- 1)
- I.4. Trámite procesal en la Comisión de Admisión
- II.1. Consideraciones previas: Aplicación de la Ley 1836 para las acciones y recursos presentados con anterioridad a la posesión de las autoridades del Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.2. Normas jurídicas impugnadas y preceptos constitucionales supuestamente infringidos
- II.3. Alcances del control de constitucionalidad
- II.4. Atribución de la Comisión de Admisión
- II.5. Análisis del caso concreto
- 2º