AUTO CONSTITUCIONAL 0043/2012-CA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0043/2012-CA

Fecha: 22-Feb-2012

I.2. Respuesta al recurso

Corrido en traslado el incidente, mediante decreto de 14 de agosto de 2009 (fs. 253), fue notificada María Teresa Gainsborg de Tapia, misma que mediante memorial cursante a fs. 255 y vta., a través de su representante legal María Teresa Fátima Tapia de Vargas, respondió señalando que en ese momento el proceso se encuentra en estado de apelación y como no le queda más nulidades que reclamar a la parte contraria, interpone el recurso indirecto o incidental de inconstitucionalidad con la finalidad de retrasar el proceso, además de no encontrarse debidamente fundamentado y motivado, por cuanto no se explica la relevancia que tendría la norma legal impugnada con el derecho supuestamente vulnerado, toda vez que dadas las características del proceso sumario, tiene un procedimiento especial que se diferencia del ordinario, puesto que no existen hechos y derechos contenciosos, siendo el único objetivo el de entregar el inmueble que no le pertenece.