Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0052/2012-CA
Fecha: 22-Feb-2012
rechazó
Por Resolución de 29 de agosto de 2011, que cursa de fs. 26 a 27, el Director Técnico del SEDES de Cochabamba, rechazó la solicitud de promover la acción de inconstitucionalidad concreta, por considerarla infundada, dado que la RM 0239, contra la cual fue planteada, ya fue abrogada por la RM 308 de 20 de mayo.
- Director Técnico del Servicio Departamental de Salud (SEDES) Cochabamba
- I.1. Síntesis de la solicitud de parte
- rechazó
- I.4. Trámite procesal en la Comisión de Admisión
- II.1. Consideraciones previas: Aplicación de la Ley 1836 para las acciones y recursos presentados con anterioridad a la posesión de las autoridades del Tribunal Constitucional Plurinacional
- Fragmento 6
- II.3. Alcances del control de constitucionalidad correctivo o posterior
- II.4. Análisis del caso presente
- APROBAR