Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0101/2012-CA
Fecha: 27-Feb-2012
RECHAZAR
La Comisión de Admisión del Tribunal Constitucional Plurinacional, en virtud de la atribución conferida por el art. 4.1 de la Ley 003 de 13 de febrero de 2010, modificado por el art. 3 de la Ley 040 de 1 de septiembre del mismo año, resuelve: RECHAZAR el recurso directo de nulidad interpuesto por Alfredo García Sánchez contra Maribel Daza Araúz, Beisaida Gil Torrez, David Cayo Ramos y Wilson Lacoa Zabala, Concejales del Gobierno Municipal de San Andrés del departamento de Beni, demandando la nulidad de la sesión extraordinaria de 10 de febrero de 2010.
- recurso directo de nulidad
- I.1. Antecedentes
- I.2. Argumentos jurídicos del recurso
- I.4. Trámite procesal en la Comisión de Admisión
- II.1. Consideraciones previas: Aplicación de la Ley 1836 para las acciones y recursos presentados con anterioridad a la posesión de las autoridades del Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.2.
- carezca de
- Fragmento 8
- II.3. Análisis del caso de autos
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