AUTO CONSTITUCIONAL 0195/2012-CA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0195/2012-CA

Fecha: 06-Mar-2012

I.2. Respuesta a la solicitud

Por memorial presentado el 4 de junio de 2009 (fs. 50 a 51), responde Reynaldo Mercado Uribe, indicando que los incidentistas no son parte del proceso coactivo, por lo que carecen de legitimidad activa para formular el presente recurso, y de acuerdo al art. 59 de la Ley del Tribunal Constitucional (LTC), ese recurso está reservado a las partes y al Juez de la causa.

A su vez, por memorial de 4 de junio de 2009, corriente a fs. 53 y vta., alega Antonio Héctor Villarroel Foronda que quienes formularon el recurso de inconstitucionalidad son personas ajenas a la litis, y al no ser parte del proceso, no tienen acreditado ningún derecho ni interés legítimo, y por ende, no tienen legitimidad activa para plantearlo.