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    AUTO CONSTITUCIONAL 0244/2012-CA
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    AUTO CONSTITUCIONAL 0244/2012-CA

    Fecha: 30-Mar-2012

    rechazo

    Bajo esas precisiones y dada la inobservancia de los requisitos de contenido del recurso de inconstitucionalidad previstos en el art. 60 de la LTC, y la advertencia de la falta de contenido jurídico-constitucional, lo que impide el análisis de fondo, por cuanto, corresponde el rechazo del incidente conforme lo prevé el art. 33.I inc. 1) de la LTC.

    • consulta
    • I.1. Síntesis de la solicitud de parte
    • a)
    • admitió
    • I.4. Trámite procesal en la Comisión de Admisión
    • II.2.  Aplicación de la Ley 1836 para las acciones y recursos presentados con anterioridad a la posesión de las autoridades del Tribunal Constitucional Plurinacional
    • II.3. Requisitos de admisibilidad
    • la ausencia de fundamentación, que es un elemento exigido por el numeral 3 de la norma citada, impedirá conocer los motivos por los que se considera inconstitucional la norma impugnada y la importancia   de la misma en la resolución de la causa que origina el recurso
    • La expresión de los fundamentos jurídico-constitucionales es esencial,
    • II.4. Análisis del caso concreto
    • rechazo
    • REVOCAR

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