SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0016/2012
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0016/2012

Fecha: 16-Mar-2012

III.2.De la subsidiariedad excepcional de la acción de libertad cuando se activan dos o más vías simultáneas

La acción de libertad es un medio de defensa que debe utilizarse para impugnar los actos de las autoridades o particulares que se consideren lesivos al derecho a la libertad o a la vida; empero, cuando el accionante no agota las vías idóneas inmediatas ante la justicia ordinaria o bien activa de manera simultanea otras formas de reclamación, este Órgano de justicia constitucional se ve impedido de brindar la tutela impetrada; lo que significa que en aquellos casos en los que se omita activar el control jurisdiccional con carácter previo a la acción de libertad o cuando se lo hizo de manera simultánea, operara de manera  automática la subsidiariedad excepcional de la acción tutelar.