AUTO CONSTITUCIONAL 0021/2012-RCA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0021/2012-RCA

Fecha: 24-Abr-2012

I.    Exposición con claridad de los hechos

La accionante, ha expuesto con claridad y precisión los hechos que sirven de fundamento en la presente acción de defensa al señalar que el Auto Supremo 193, dictada por la Sala Penal Segunda de la Corte Suprema declaró inadmisible el recurso de casación interpuesto por el accionante, realizando un análisis de fondo sin respaldo jurídico y no de admisibilidad según lo determina el arts. 418 del Código de Procedimiento Penal (CPP), porque no se remitió a verificar que el recurso fue interpuesto en plazo, si existe contradicción entre el fallo recurrido y el precedente expuesto y por último si se acompañó al recurso la copia de la apelación restringida, careciendo de esta manera de motivación o fundamentación.