Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0021/2012-RCA
Fecha: 24-Abr-2012
II. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DE LA RESOLUCIÓN
El accionante solicitó tutela de sus derechos al debido proceso, a la defensa y a la tutela judicial efectiva o de acceso a la justicia; sin embargo, al haber sido declarado improcedente por el Tribunal de garantías, corresponde, que la Comisión de Admisión en revisión dilucide si tal declaratoria se enmarca dentro de las previsiones de la Constitución Política del Estado y la Ley del Tribunal Constitucional Plurinacional.
- Fragmento 1
- I.1. Síntesis de los hechos que la motivan
- I.3. Petitorio
- improcedencia
- II. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DE LA RESOLUCIÓN
- Fragmento 6
- II.3. Análisis del caso presente
- I. Exposición con claridad de los hechos
- III.
- b) Nombre y domicilio de la autoridad demandada o de su representante legal y de los terceros interesados