AUTO CONSTITUCIONAL 0021/2012-RCA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0021/2012-RCA

Fecha: 24-Abr-2012

improcedencia

La Sala Civil Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Chuquisaca, constituido en Tribunal de garantías, por Resolución 51/2012 de 23 de febrero, cursante a fs. 84 y vta., declaró la improcedencia de la acción de amparo constitucional en virtud de los arts. 74.5 y 76 de la Ley del Tribunal Constitucional Plurinacional (LTCP), con el fundamento de que el accionante se apersonó en representación de Santos Aguilar Serrano quien denuncia como acto vulneratorio el Auto Supremo 193, habiéndose notificado con esta resolución la misma fecha; según cursa de obrados a fs. 52, interpuso la presente acción de tutela el 16 de febrero de 2012; es decir, de manera extemporánea, incumpliendo lo dispuesto en el art. 129.II de la CPE y entendimiento del Tribunal Constitucional en sus SSCC 0868/2000, 2850/2010, 1722/2003.