AUTO CONSTITUCIONAL 0274/2012-CA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0274/2012-CA

Fecha: 09-Abr-2012

rechazó

Por Resolución de 6 de enero de 2012, cursante de fs. 8 a 9, el Juez de Partido Séptimo en lo Civil y Comercial de la ciudad de Santa Cruz, rechazó la acción de inconstitucionalidad, toda vez que: 1) La incidentista interpuso el recurso cuando el proceso se encontraba en ejecución de sentencia y con Auto de aprobación de la base de la subasta de 10 de junio de 2005, no existiendo resolución pendiente en la que se deba aplicar la disposición legal que se impugna; y, 2) El Tribunal Constitucional, por SSCC 025/2000 y 077/2000, declararon constitucionales los arts. 48, 49, 50 y 51 de la LAPCAF, lo que inviabiliza cualquier nueva revisión de las disposiciones legales impugnadas.