Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0331/2012-CA
Fecha: 16-Abr-2012
APROBAR
La Comisión de Admisión del Tribunal Constitucional Plurinacional, en virtud a lo establecido por el art. 4.I de la Ley 003 de febrero de 2010, modificado por el art. 3 de la Ley 040 de 1 de septiembre del mismo año y el art. 64 de la LTC, resuelve APROBAR, con otros argumentos, la RA MT/VMESC y COOP/IRJ/DG-001/2009 de 17 de junio, pronunciada por el Viceministro de Empleo, Servicio Civil y Cooperativas del Ministerio de Trabajo, Empleo y Previsión Social; y, en consecuencia RECHAZAR el recurso indirecto o incidental de inconstitucionalidad formulado por Daniel Arturo Chávez Gálvez.
- consulta
- I.1. Síntesis de la solicitud de parte
- a)
- rechazó
- I.4. Trámite procesal en la Comisión de Admisión
- II.2. Aplicación de la Ley 1836 para las acciones y recursos presentados con anterioridad a la posesión de las autoridades del Tribunal Constitucional Plurinacional
- aplicable a aquellos procesos.
- II.4. Análisis del caso
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