Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0384/2012-CA
Fecha: 16-Abr-2012
APROBAR
La Comisión de Admisión del Tribunal Constitucional Plurinacional, en virtud a lo establecido por el art. 4.I de la Ley 003 de febrero de 2010, modificado por el art. 3 de la Ley 040 de 1 de septiembre del mismo año, dispone APROBAR, el Auto Supremo 118/2010 de 28 de abril, cursante de fs. 4 a 8 vta., pronunciada por la Sala Plena de la Corte Suprema de Justicia; y, en consecuencia RECHAZAR, el recurso indirecto o incidental de inconstitucionalidad, formulado por Fernando Gutiérrez Moscoso en representación de EMELSABOL LTDA.
- consulta
- I.1. Síntesis de la solicitud de parte
- I.2. Respuesta a la solicitud
- rechazó
- I.4. Trámite procesal en la Comisión de Admisión
- II.2. Aplicación de la Ley No. 1836 para las acciones y recursos presentados con anterioridad a la posesión de las autoridades del Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.3. Atribución de la Comisión de Admisión
- La fundamentación de la inconstitucionalidad y
- II.5. Análisis del caso
- APROBAR