AUTO CONSTITUCIONAL 0384/2012-CA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0384/2012-CA

Fecha: 16-Abr-2012

I.2. Respuesta a la solicitud

De la revisión de los antecedentes aparejados al expediente, se tiene que no cursa decreto de traslado del recurso, sin embargo, de la lectura del Auto Supremo 118, se establece que el mismo fue corrido en traslado por decreto de 14 de agosto de 2008 y fue respondido por el Superintendente Tributario General, refiriendo que el incidentista no fundamentó cuál sería la duda razonable sobre la se interpone la inconstitucionalidad de los artículos en cuestión, incumpliendo así, la primera condición esencial de admisión del incidente, solicitando se rechace el mismo.