Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0384/2012-CA
Fecha: 16-Abr-2012
consulta
En consulta el Auto Supremo 118/2010 de 28 de abril, cursante de fs. 4 a 8 vta., pronunciada por la Sala Plena de la Corte Suprema de Justicia -ahora Tribunal Supremo de Justicia-, por la que, se rechazó la solicitud de promover el recurso indirecto o incidental de inconstitucionalidad -hoy acción de inconstitucionalidad concreta-, formulado por Fernando Gutiérrez Moscoso en representación de EMELSA BOLIVIA LIMITADA (EMELSABOL LTDA.), demandando la inconstitucionalidad de los arts. 195. III y 198.IV de la Ley 3092 de 7 de julio de 2005, por supuestamente vulnerar el art. 16 de la Constitución Política del Estado abrogada (CPEabrog).
- consulta
- I.1. Síntesis de la solicitud de parte
- I.2. Respuesta a la solicitud
- rechazó
- I.4. Trámite procesal en la Comisión de Admisión
- II.2. Aplicación de la Ley No. 1836 para las acciones y recursos presentados con anterioridad a la posesión de las autoridades del Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.3. Atribución de la Comisión de Admisión
- La fundamentación de la inconstitucionalidad y
- II.5. Análisis del caso
- APROBAR