Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0400/2012-CA
Fecha: 20-Abr-2012
II.3. Análisis del caso concreto
En el caso de análisis, consta que el recurrente solicitó que se promueva el recurso, demandando la inconstitucionalidad de la providencia de 16 de julio de 2010, por presuntamente vulnerar el art. 119.II de la CPE, toda vez que se suspendió el juicio oral de 16 de julio de 2010 por inasistencia de su defensor técnico, imponiéndole la presencia de abogado defensor de oficio, profesional de quien que considera que su presencia en procesos es meramente formal y decorativa y su imposición significa una atenuación o reducción del amplio derecho a la defensa y anticipación de una sentencia condenatoria.
- consulta
- I.1. Síntesis de la solicitud de parte
- I.2. Respuesta a la acción
- Juez Quinto de Sentencia en lo Penal de la ciudad de Santa Cruz
- I.4. Trámite procesal en la Comisión de Admisión
- II.2. Aplicación de la Ley 1836 para las acciones y recursos presentados con anterioridad a la posesión de las autoridades del Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.3.
- de resolución no judicial
- una disposición legal
- II.3. Análisis del caso concreto
- lo que hace inviable la admisibilidad del recurso indirecto o incidental de inconstitucionalidad.
- APROBAR