Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0400/2012-CA
Fecha: 20-Abr-2012
Juez Quinto de Sentencia en lo Penal de la ciudad de Santa Cruz
Por Resolución de 14 de septiembre de 2010, cursante de fs. 6 a 7, pronunciada por el Juez Quinto de Sentencia en lo Penal de la ciudad de Santa Cruz, que rechazó el recurso, por ser manifiestamente infundado, toda vez que: El recurrente incumplió los requisitos de contenido, aduciendo que la providencia emitida el 16 de julio de 2010 lesiona su derecho constitucional a la defensa y al debido proceso, sin vincular esta providencia con el derecho supuestamente vulnerado, que la misma contradice la norma constitucional tal cual lo señalan las SSCC 413/2007, 55/2004, 50/2004 y 182/2007.
- consulta
- I.1. Síntesis de la solicitud de parte
- I.2. Respuesta a la acción
- Juez Quinto de Sentencia en lo Penal de la ciudad de Santa Cruz
- I.4. Trámite procesal en la Comisión de Admisión
- II.2. Aplicación de la Ley 1836 para las acciones y recursos presentados con anterioridad a la posesión de las autoridades del Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.3.
- de resolución no judicial
- una disposición legal
- II.3. Análisis del caso concreto
- lo que hace inviable la admisibilidad del recurso indirecto o incidental de inconstitucionalidad.
- APROBAR