Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0411/2012-CA
Fecha: 20-Abr-2012
consulta
En consulta la Resolución Administrativa (RA) 23-0122-2010 de 17 de noviembre, cursante de fs. 43 a 46, pronunciada por el Gerente de Grandes Contribuyentes (GRACO) a.i. La Paz, del Servicio de Impuestos Nacionales (SIN), por lo que rechazó la solicitud de promover el recurso indirecto o incidental de inconstitucionalidad -ahora acción de inconstitucionalidad concreta- interpuesto por Fernando Javier Torrico Rojas en su calidad de representante legal de “COMPANEX BOLIVIA S.A.”, demandando la inconstitucionalidad del art. 23.1 de la Resolución Normativa de Directorio 10-0037-07 de 14 de diciembre de 2007, por la supuesta vulneración del art. 14 de la Constitución Política del Estado (CPE).
- consulta
- I.1. Síntesis de la solicitud de parte
- rechazó
- I.4. Trámite procesal en la Comisión de Admisión
- II.2. Aplicación de la Ley 1836 para las acciones y recursos presentados con anterioridad a la posesión de las autoridades del Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.3. Cumplimiento de requisitos de procedencia
- si no se especifica el precepto constitucional supuestamente infringido, como exige el numeral 2 del mismo artículo, no podrá establecerse si existe o no contradicción entre la norma impugnada y el texto constitucional, determinando ambas imprecisiones la falta de base legal del recurso
- La expresión de los fundamentos jurídico-constitucionales es esencial,
- debe ser planteado cuando exista en el proceso en cuestión, una sentencia o resolución final a ser aún dictada, a la que se aplicará la norma impugnada
- II.4. Análisis del caso concreto
- COMPANEX BOLIVIA S.A.”
- se activa
- APROBAR