AUTO CONSTITUCIONAL 0453/2012-CA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0453/2012-CA

Fecha: 27-Abr-2012

aplicable a aquellos procesos.

El recurso indirecto o incidental de inconstitucionalidad, constituida como una acción que tiene la finalidad de someter al control de constitucionalidad una disposición legal, de conformidad al art. 59 de la LTC, procede “…en los procesos judiciales o administrativos cuya decisión dependa de la constitucionalidad o inconstitucionalidad de una ley, decreto o cualquier generó de resolución no judicial aplicable a aquellos procesos. Este recurso será promovido por el juez, tribunal o autoridad administrativa, de oficio o a instancia de parte” (las negrillas fueron añadidas).