Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0464/2012-CA
Fecha: 27-Abr-2012
APROBAR
La Comisión de Admisión del Tribunal Constitucional Plurinacional, en virtud a lo establecido por el art. 4.I de la Ley 003 de febrero de 2010, modificado por el art. 3 de la Ley 040 de 1 de septiembre del mismo año, resuelve APROBAR la Resolución 125/2011 de 24 de mayo, cursante de fs. 45 a 47, pronunciada por la Jueza de Instrucción Quinto en lo Civil de la ciudad El Alto; y, en consecuencia RECHAZAR el recurso incidental de inconstitucionalidad, instaurada por Catalina Yujra Yujra de Mamani.
- consulta
- I.1. Síntesis de la solicitud de parte
- rechazó
- Fragmento 4
- II.2. Aplicación de la Ley 1836 para las acciones y recursos presentados con anterioridad a la posesión de las autoridades del Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.3. Naturaleza jurídica del recurso indirecto o incidental de inconstitucionalidad
- II.4. Requisitos de admisibilidad
- II.5. Análisis del caso concreto
- APROBAR