AUTO CONSTITUCIONAL 454/2012-CA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 454/2012-CA

Fecha: 27-Abr-2012

rechaza

Por Resolución ASFI 257/2011 de 2 de marzo de 2011, cursante de fs. 40 a 48, el Director Ejecutivo a.i. de la ASFI, rechaza la solicitud de promover el recurso indirecto o incidental de inconstitucionalidad, con los siguientes argumentos: 1) En cuanto al valor de la justicia el recurrente, al afirmar que no resulta legal y atenta contra el valor supremo constitucional de justicia y, al transcribir extensamente sentencias constitucionales, no especifica la relación de estas sentencias con los agravios que exponen. Respecto al Reglamento de Sanciones para el Sector Seguros, debe tenerse en cuenta que dicha norma sólo reglamenta las disposiciones contenidas en una norma superior, tal cual es la Ley de Seguros 1883, que define los parámetros y conceptos legales referentes a las sanciones a los sujetos regulados; 2) En relación al principio de racionalidad, como límite al principio de discrecionalidad, no establece nexo alguno de dicho fallo con la supuesta inconstitucionalidad del art. 12 incs. a) y b) de la RA 602/2003 con el principio de racionalidad, tomando en cuenta que éste, se presenta en situaciones en las cuales el Estado determina sanciones imposibles de cumplir o que causen un daño irremediable, aspecto que en el presente caso no sucede; y, 3) El recurso, no se expresa la razón legal o fáctica que hagan imposible el cumplimiento de la sanción establecida y tampoco se expone por qué pueda considerarse que los artículos impugnados sean imposibles de cumplir o causen daño irreparable al valor protegido.