SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0101/2012
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0101/2012

Fecha: 23-Abr-2012

I.1.1. Hechos que motivan la acción

El accionante por su representada afirma, que el 6 de febrero del año en curso, la funcionaria antes señalada procedió a detenerla indebidamente por cuarenta y ocho horas, imponiendo el pago de Bs5 000.- (cinco mil bolivianos), supuestamente en cumplimiento a un acta firmada por la Brigada de Protección a la Familia.

Agrega que, cuando se hizo presente en oficinas de la Brigada de Protección a la Familia a objeto de interceder por la detención indebida de su representada, afirmó que no existía orden del Juez ni del Fiscal para proceder a la detención, únicamente hacía cumplir el acta firmada por Lourdes Dionicia Tórrez y María Ugarte de Hopper.