AUTO CONSTITUCIONAL 0068/2012-RCA
Fecha: 28-May-2012
, a los requisitos de admisión
Ahora bien, con el objeto de establecer un acceso eficaz y oportuno a la justicia constitucional, corresponde precisar cuales son los requisitos de admisibilidad de forma y contenido que rigen a la acción de amparo constitucional; que deben ser cumplidas necesariamente por el accionante para que este a derecho; en ese sentido, se tiene como requisitos de forma los numerales 1, 2 y 5 del precepto jurídico precedentemente desglosado, corresponde aclarar que estos requisitos al ser de índole formal son de carácter subsanable, ya que no hacen al contenido de la demanda. Estableciéndose como término de subsanación el plazo de cuarenta y ocho horas, computable a partir de la notificación al o los accionantes.
- revisión
- I.1. Síntesis de los hechos que la motivan
- “rechaza”
- II. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DE LA RESOLUCIÓN
- Fragmento 5
- II.2. Causales de improcedencia de la acción amparo constitucional
- Fragmento 7
- , a los requisitos de admisión
- a) Señalamiento de domicilio de la parte demanda, o de su representante legal y el de los terceros interesados
- Fragmento 10
- II.4.3. En cuanto al plazo para interponer la acción de amparo
- 2º Disponer