Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0068/2012-RCA
Fecha: 28-May-2012
2º Disponer
2º Disponer que el Tribunal de garantías, ADMITA la acción interpuesta por Rolando Villena Villegas, Defensor del Pueblo en representación sin mandato de Juan Edgar Casto Villarroel y en audiencia pública de consideración determine lo que en derecho corresponda, sea concediendo o denegando la tutela.
- revisión
- I.1. Síntesis de los hechos que la motivan
- “rechaza”
- II. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DE LA RESOLUCIÓN
- Fragmento 5
- II.2. Causales de improcedencia de la acción amparo constitucional
- Fragmento 7
- , a los requisitos de admisión
- a) Señalamiento de domicilio de la parte demanda, o de su representante legal y el de los terceros interesados
- Fragmento 10
- II.4.3. En cuanto al plazo para interponer la acción de amparo
- 2º Disponer