Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0069/2012-RCA
Fecha: 28-May-2012
II. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DE LA RESOLUCIÓN
El accionante solicitó tutela de sus derechos a la defensa seguridad jurídica y debido proceso; sin embargo, al haber sido declarado improcedente in limine la acción de amparo constitucional por el Tribunal de garantías, corresponde, que la Comisión de Admisión, en revisión dilucide si tal declaratoria se enmarca dentro de las previsiones de la Constitución Política del Estado y la Ley del Tribunal Constitucional Plurinacional.
- revisión
- I.1. Síntesis de los hechos que la motivan
- DENIEGA la tutela y declara improcedente in limine
- II. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DE LA RESOLUCIÓN
- Fragmento 5
- II.2. Causales de improcedencia del amparo constitucional.
- improcedencia
- en razones de economía procesal y en el mandato de justicia pronta y oportuna
- II.3. Análisis del caso concreto
- APROBAR