Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0535/2012-CA
Fecha: 08-May-2012
APROBAR
La Comisión de Admisión del Tribunal Constitucional Plurinacional, en virtud a lo establecido por el art. 4.I de la Ley 003 de 13 de febrero de 2010, modificado por el art. 3 de la Ley 040 de 1 de septiembre del mismo año, dispone APROBAR la Resolución 310/11, de 28 de octubre de 2011, cursante de fs. 26 a 36 vta., pronunciada por el Juez de Sentencia Octavo en lo Penal de la ciudad de Santa Cruz; en consecuencia, RECHAZAR el recurso indirecto o incidental, interpuesto por Orlando Parada Vaca, María Olga Mendía Gandarilla y Yovanna Díaz Espinoza.
- consulta
- I.1. Síntesis de la solicitud de parte
- a)
- rechazó
- I.4. Trámite procesal en la Comisión de Admisión
- II.2. Aplicación de la Ley 1836 para las acciones y recursos presentados con anterioridad a la posesión de las autoridades del Tribunal Constitucional Plurinacional
- El segundo aspecto es que la ley, decreto o resolución de cuya constitucionalidad se duda, tenga que ser aplicada a la decisión final del proceso
- II.4. Análisis del caso concreto
- Fragmento 9
- APROBAR