SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0115/2012
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0115/2012

Fecha: 02-May-2012

I.1.1. Hechos que motivan la acción

Debido a una denuncia formulada por Carlos Augusto Cardona Ayoroa y otros por los delitos de estafa, falsedad material y uso de instrumento falsificado, el 2 de febrero del 2012, se constituyeron en oficinas de la Unidad de Solución Temprana, dependiente de la Fiscalía Departamental de La Paz, a objeto de prestar sus respectivas declaraciones informativas; sin embargo, luego de prestar las mismas, fueron sorprendidos con la Resolución y orden de aprehensión emitida por el Fiscal ahora demandado.

Señalan también que, para su aprehensión, no concurrieron los presupuestos establecidos por el art. 226 del Código de Procedimiento Penal (CPP), ya que la penalidad de los delitos denunciados en su contra no superan el mínimo exigido de dos años; y por otra parte, tampoco se fundamentó en la existencia de riesgos procesales de fuga u obstaculización, por lo que la Resolución emitida por el Fiscal, carecería de motivación.