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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0223/2012
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0223/2012

    Fecha: 24-May-2012

    I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados

    La accionante mediante su representante, denuncia la vulneración de sus derechos a la libertad, a la dignidad, protección oportuna, a la presunción de inocencia, a ser oída por una autoridad competente, citando al efecto los arts. 22, 23, 13, 115, 116 y 120 de la Constitución Política del Estado (CPE).

    • acción de libertad
    • I.1.1. Hechos que motivan la acción
    • I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
    • a)
    • 1)
    • III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • III.1. Naturaleza jurídica de la acción de libertad
    • III.2. Principio de celeridad en audiencias de cesación a la detención preventiva
    • de tres días hábiles como máximo
    • es necesario establecer que el memorial de solicitud, debe ser providenciado indefectiblemente dentro de las veinticuatro horas de su presentación,
    • III.3.
    • supuestos de demora en la celebración de la audiencia de medidas cautelares
    • III.4. Análisis del caso concreto
    • APROBAR

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