SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0227/2012
Fecha: 24-May-2012
1)
Luis Carrasco Gonzales, Director Técnico del SEDCAM de La Paz, presentó informe escrito, cursante de fs. 146 a 150, manifestando que: 1) Debido a la reestructuración administrativa del SEDCAM, se establecieron nuevos requisitos para los cargos ocupados por los ahora accionantes, quienes no cuentan con los mismos; 2) Frente a la conminatoria de reincorporación 093/2011 de 24 de octubre, el SEDCAM formulo recurso de revocatoria; sin embargo, dispuso mediante instructivo 063/2011, dirigido al encargado de Recursos Humanos su cumplimiento, habilitándose por ello el 25 de octubre de 2011, el control biométrico para que pudieran registrar su ingreso y salida, pero los accionantes abandonaron las instalaciones sin justificar su inasistencia; 3) El 7 de noviembre de 2011, se emitieron los memorandos de destitución de los accionantes por inasistencia al trabajo por más de seis días continuos, comunicándose tal decisión al Ministerio del Trabajo, Empleo y Previsión Social, en razón a que los destinatarios no pudieron ser encontrados, no habiéndose interpuesto ninguna acción para desvirtuar tal causal; y, 4) La protección del fuero sindical que gozaba Florencio Oscar Alanoca Mamani, era oponible al despido por reestructuración administrativa, pero no así a la causal de despido por abandono de funciones o inasistencia injustificada por más de seis días hábiles.
- Fragmento 1
- I.1.1. Fundamentos de hecho que motivan la acción
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
- a)
- 1)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. De la acción de amparo constitucional
- III.2. De las reformas legales en materia laboral
- III.3. De la presunción de constitucionalidad y de la protección a los trabajadores
- III.4. Del análisis de caso concreto
- Fragmento 15