AUTO CONSTITUCIONAL 0085/2012-RCA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0085/2012-RCA

Fecha: 14-Jun-2012

II.4.1.        Del cumplimiento de los requisitos de contenido previstos por el art. 84.3, 4 y 6 de la LTCP

De la lectura del memorial de interposición de la acción de protección de privacidad, se establece que el mismo cumple con los requisitos de contenido previstos en el art. 84.3, 4 y 6 de la LTCP, ya que expuso con claridad los hechos que le sirven de fundamento; identificó los derechos o garantías que se consideren vulnerados, señalando como tales los previstos en el art. 21.2 de la CPE, indicando además de que manera fueron vulnerados los mismos. Finalmente, señaló con precisión la tutela que solicita para restablecer el derecho vulnerado, pidiendo: El levantamiento inmediato y definitivo del antecedente inscrito el 7 de abril de 2001, en los registros de la FELCN, por existir a su favor Sentencia absolutoria 106/2002 de 18 de junio de 2002; así como el levantamiento del arraigo del “Sistema de Migración en Arraigos” ordenado por el Juez Octavo de Instrucción Penal.