AUTO CONSTITUCIONAL 0586/2012-CA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0586/2012-CA

Fecha: 01-Jun-2012

a)

Se corrió en traslado al demandante Carlos Guillermo Rodolfo Villena Soux,        por providencia  de 22 de abril de 2010, cursante de fs. 18 y vta.; quien contesta por memorial presentado el 28 del mismo mes y año referido, de (fs. 19 a 20 vta.), con los siguientes argumentos: a) El art. 1455 del CC, no ha sido invocada en la demanda ni será aplicada en la sentencia, porque refiere a la acción negatoria que es distinta al proceso, debiendo aplicarse en el trámite para declarar mejor derecho propietario el art. 1538.I del CC, y el art. 1 de la Ley de Registro de Derechos Reales que no fueron derogados; y, b) El recurrente no fundamenta    de qué forma el artículo demandado de inconstitucional, atenta al derecho del debido proceso e infringe los derechos protegidos por la Constitución Política del Estado, faltando a la verdad al invocar la SC 24/2004 de 16 marzo, la que no declaró inconstitucional del Código Civil caso contrario hubiere significado la expulsión del ordenamiento jurídico, que no ocurrió.