AUTO CONSTITUCIONAL 0586/2012-CA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0586/2012-CA

Fecha: 01-Jun-2012

rechazó

Por Resolución 145/2010 de 30 de abril, cursante de fs. 22 a 24, pronunciada por el Juez de Partido Cuarto en lo Civil y Comercial de la ciudad de La Paz, que rechazó promover el recurso indirecto o incidental inconstitucionalidad, toda vez que sobre la validez constitucional o inconstitucional de los decretos leyes, el Tribunal Constitucional en su SC 82/2000 de 14 de noviembre, estableció que       el Decreto Ley es inconstitucional por su forma pero no así en cuanto a su contenido, declarándose la constitucionalidad del Decreto Ley 12760 de 6 de agosto de 1975 o Código Civil que es una norma hoy aplicada a todos los casos sustanciados en el Poder Judicial y al ser el art. 1455 del CC, parte de un instrumento jurídico aprobado por Decreto Ley, es inconstitucional en su forma pero compatible con la Constitución en su contenido, y no corresponde promover el incidente porque no existen derechos restringidos o garantías vulneradas, siendo impertinente tratar de confundir el trámite de mejor derecho con la acción negatoria previsto en el artículo del código referido antes.