AUTO CONSTITUCIONAL 0586/2012-CA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0586/2012-CA

Fecha: 01-Jun-2012

I.1. Síntesis de la solicitud de parte

El recurrente, por memorial presentado el 21 de abril de 2010, cursante de fs. 17 a 18, solicitó promover el recurso indirecto o incidental inconstitucionalidad dentro del proceso civil de mejor derecho seguido por Carlos Villena Soux, es así que manifiesta que, durante la sustanciación del litigio se constato que el demandante no tuvo la posesión del inmueble objeto del litigio, mediante la confesión provocada, inspección ocular e informe labrado por el juzgado quinto de instrucción en lo civil de la ciudad de La Paz, que demuestra la existencia           de proceso de interdicto, que venció el recurrente y por el que recuperó la posesión del inmueble, no del demandante sino de otro poseedor.

Finaliza señalando que, la demanda ordinaria de mejor derecho instaurada en su contra, tiene como base legal el art. 1455 del CC, norma considerada inconstitucional según la SC 24/2004 de 16 de marzo, que establece que el Código Civil resulta inconstitucional por su origen, en atención a que se encuentra inserto en un instrumento normativo emanado de un órgano que no era el idóneo para dictar leyes, disposición que será aplicada al momento de pronunciarse la sentencia, vulnerando su derecho y garantía a un debido proceso.