AUTO CONSTITUCIONAL 0594/2012-CA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0594/2012-CA

Fecha: 11-Jun-2012

I.2. Respuesta a la solicitud

Corrido en traslado, el Fiscal Policial de la Dirección Departamental de Responsabilidad Profesional, por providencia de 4 de febrero de 2009, cursante a fs. 30, responde al recurso; argumentando que, la norma impugnada es constitucional considerando que el artículo impugnado no establece una simple opinión, que vierte cualquier ciudadano en ejercicio de sus derechos; al contrario, se trata de un policía que está sujeto a la Ley Orgánica de la Policía Nacional y demás reglamentos, concordante con el art. 4 del ya mencionado reglamento, que establece que todos los miembros de la Policía Nacional son pasibles a las sanciones de las faltas tipificadas.