AUTO CONSTITUCIONAL 0596/2012-CA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0596/2012-CA

Fecha: 11-Jun-2012

La mención de la ley, decreto o resolución no judicial cuya inconstitucionalidad se cuestiona

A su vez el art. 61 de la LTC referido a la oportunidad de solicitar se promueva este recurso, establece que el mismo podrá ser presentado por una sola vez en cualquier estado de la tramitación del proceso judicial o administrativo, aún en recurso de casación y jerárquico, antes de la ejecutoria de la sentencia.