Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0620/2012-CA
Fecha: 21-Jun-2012
I.3. Petitorio
Al amparo de los arts. 122 de la Constitución Política del Estado (CPE), 157 y ss. de la Ley del Tribunal Constitucional Plurinacional (LTCP), solicitó la nulidad del Acuerdo de Sala Plena 12/2012 de 8 de marzo y todas las otras decisiones que en base a ella hubiesen adoptado por los Magistrados del Tribunal Supremo de Justicia.
- recurso directo de nulidad
- I.1. Antecedentes
- I.2. Argumentos jurídicos del recurso
- I.3. Petitorio
- II. 2 Naturaleza jurídica del recurso directo de nulidad
- II.3. Recurso directo de nulidad sólo procede para los supuestos en los que no es posible obtener la reparación del agravio, por no prever el orden legal otro medio expedito de impugnación
- II.4. Análisis del caso concreto
- RECHAZAR,