CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0441/2012
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0441/2012

Fecha: 22-Jun-2012

I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción

El accionante, a través de su abogado, ratificó y amplió los términos expuestos en su demanda, afirmando que intentó en varias oportunidades tener audiencias de conciliación con la Asociación de Gremiales en Legumbres y Ramas Anexas de Oruro, para que le permitan la construcción de su inmueble, desocupen el lugar de trabajo de la edificación y cesen las acciones de hecho contra su arquitecto; sin embargo, fortalecidos por su número, se oponen, presionan y tratan de imponer a la fuerza sus determinaciones.

En la réplica, agregó que el entonces Gobierno Municipal, le autorizó la construcción de su inmueble, siendo éste un acto definitivo. No se puede recurrir a la vía civil, cuando se trata del derecho a la vida de los trabajadores, “porque no se puede usar la dinamita como un folklore de Oruro” (sic), motivo por el que no puede darse la figura de la subsidiariedad.