SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0277/2012
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0277/2012

Fecha: 04-Jun-2012

denegó

La Jueza Segunda de Sentencia del departamento de La Paz, constituida en Jueza de garantías, por Resolución 02/2012 de 20 de marzo, cursante de fs. 223 a 224, denegó la tutela solicitada en base a los siguientes fundamentos: a) Que el art. 125 de la CPE señala que toda persona que considere que su vida esta en peligro, que es ilegalmente perseguida, o que es indebidamente procesada o privada de libertad personal podrá interponer acción de libertad; b) En este caso, es labor del Ministerio Público realizar las investigaciones respecto a los delitos y no se advirtió que exista persecución indebida contra el representado del accionante; y los actos realizados dentro del caso “LPXPM02/2010” cuentan con el control jurisdiccional; y, c) En antecedentes cursa la notificación a Rolín Gonzalo Parada Gutiérrez mediante edictos y no existe resolución de rebeldía, por lo que la libertad de éste no estaría en peligro, en consecuencia no se abre el amparo del art. 125 de la CPE, los aspectos de fondo referidos por su representante deberían tramitarlos en la instancia que corresponda.