SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0283/2012
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0283/2012

Fecha: 04-Jun-2012

I.2.1. Ratificación de la acción

El abogado de la parte accionante, ratificó in extenso los términos expuestos en su memorial de interposición de la acción, expresando además que su representado fue detenido el 13 de marzo de 2012, en la ciudad de Tarija, por una supuesta denuncia en la ciudad de La Paz en su contra por el delito de hurto, del cual él no tenía conocimiento alguno por no haber sido notificado ni citado para poder defenderse y por una tergiversación fue conducido a dicha ciudad.

En el “transcurso del cruce de denuncias”, pasaron más de setenta y dos horas hasta poner en conocimiento del Juez cautelar; asimismo refirió que no existió flagrancia, no hubo acción directa, no es reincidente y su detención es por falta de domicilio; sin embargo, pudo acogerse a medidas sustitutivas; por lo que, sostiene que en varias oportunidades solicitaron la tutela de su representado, además de notificarlo para que asuma defensa, si es que existiere alguna denuncia.