SENTENCIA CONSTITUCIONAL Plurinacional 0284/2012
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL Plurinacional 0284/2012

Fecha: 04-Jun-2012

denegando

La Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, constituida en Tribunal de garantías, pronunció la Resolución 7/2012 de 9 de marzo, cursante de fs. 112 a 117 vta., denegando la tutela solicitada por el accionante con los siguientes fundamentos: 1) Que al no haberse dado cumplimiento a la conminatoria dispuesta por el Juez demandado, se dictó Auto de 23 de febrero de 2012, mediante el cual se ordenó se libre mandamiento de apremio contra José Barnadas Jordán, representante de la Inmobiliaria Las Misiones S.A., expidiéndose, el mismo, el 7 del mes y año citado, por lo que el accionante mediante memorial solicitó se deje sin efecto dicha determinación; 2) Si bien los aspectos mencionados no tienen vinculación con la acción de libertad, se vinculan con las reglas del debido proceso, habida cuenta que las omisiones o vulneraciones a los derechos referidos al debido proceso son objeto de la acción de amparo constitucional y no de la acción de libertad; 3) Conforme el art. 518 del CPC, cuando en fase de ejecución de sentencia, se interpone indebidamente un recurso de reposición bajo alternativa de apelación, las autoridades jurisdiccionales deben desechar o desvirtuar el recurso y conceder alternativamente la apelación que fue interpuesta, en resguardo de lo previsto por el art. 180 de la Constitución Política del Estado (CPE), que prevé la impugnación de toda resolución judicial, por lo que tales acciones corresponden a la acción de amparo constitucional y no así a la acción de libertad; y, 4) Al haberse evidenciado que el accionante interpuso impugnación contra el Auto de febrero de 2012, no se agotó dicho mecanismo, habida cuenta que está pendiente de resolución o pronunciamiento de la autoridad hoy demandada.